Instructivo Interno Programa Colaborador Estudiante

1. PROPÓSITOS: El presente instructivo establece las normas por las que se debe regir el Programa Colaborador Estudiante, que tiene como propósito el contribuir a la formación integral de estudiantes destacados en alguna de las disciplinas que forman parte de las Ciencias Odontológicas. Además de crear una oportunidad para que participen de actividades con los equipos de docencia e investigación.

2. DESCRIPCIÓN: El Programa Colaborador Estudiante es una instancia de participación en algunas de las actividades de extensión, docencia e investigación de una asignatura / Unidad de Trabajo del Estudiante (UTE), en la cual el estudiante está bajo la tutela de un Profesor. Cada estudiante podrá realizar como máximo dos colaboraciones anuales.

2.1. Para desempeñar el Programa Colaborador Estudiante, el postulante debe:
● Ser alumno regular de la Carrera de Odontología.
● Postulación en ciclo básico preclínico (segundo año) haber aprobado la asignatura / UTE a la que postula con nota igual y/o superior a 5,0.
● Postulación en ciclo clínico (tercero, cuarto y quinto año) haber aprobado la asignatura / UTE a la que postula con nota igual y/o superior a 5,5.
● Haber aprobado los dos primeros semestres de la carrera, es decir, aquellos estudiantes que se encuentren cursando 2° año, en adelante.
● No haber sido objeto de sanción disciplinaria por parte de la Facultad y/o Universidad.

2.2. El estudiante tendrá actividades diseñadas y dirigidas bajo la supervisión del tutor a cargo, en la UTE / asignatura en la que se desempeñará como Colaborador Estudiante.

Las actividades que el Colaborador Estudiante puede realizar incluyen:
● Apoyar las funciones del/la docente en aula, preclínico o clínica.
● Colaborar en la elaboración de material docente como apuntes, guías, producción de material audiovisual, entre otras.
● Apoya en talleres de lectura complementarias de la UTE / asignatura.
● Revisar bibliografía complementaria.
● Ayudar en actividades prácticas de aplicación.
● Apoyo técnico en el conocimiento y manejo de equipos, herramientas, programas y software.
● Supervisar la toma de pruebas u otras evaluaciones diseñadas por el o la docente. Además, siempre debe estar acompañado por un o una académico y ellas deben ser evaluadas posteriormente por el equipo académico.
● Participar en actividades de extensión.
● Participar en actividades de investigación.

Sus actividades NO incluyen:
● Reemplazar al/la docente en su cátedra u hora de clase.
● Evaluar trabajos, pruebas y/o actividades correspondientes a la UTE / asignatura.
 
2.3. Con respecto al Tutor, podrán ser tutor del Programa Colaborador Estudiante todos los académicos de la Facultad de Odontología de la Universidad de Chile, dependientes del Departamento / Instituto al cual está adscrito el Tutor, quienes voluntariamente se comprometan a participar y que cuenten con:
● Jerarquía de Profesor (asistente, asociado o titular) o Categoría adjunta.
● Que cuenten con un mínimo de 11 horas contratadas y compromiso que asegure cumplir con las actividades comprometidas con el Programa.
● Cada tutor del programa tendrá un máximo de 1 a 2 estudiante a su cargo por cada 11 horas contratadas. En el caso que los estudiantes se adscriban a una UTE, avalado por el profesor responsable, éste podrá trabajar con más de 2 estudiantes con la colaboración de académicos de la UTE, hasta 2 estudiantes por docente pertenecientes a la Unidad de trabajo del estudiante.
● Estar inscritos en la nómina de tutores del Programa Colaborador estudiante que se actualizará en la Dirección de Pregrado semestralmente.

3. ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA: El programa de Colaborador Estudiante será administrado por la Dirección de Escuela de Pregrado, quién deberá:

● Conformar una comisión con miembros del consejo de pregrado.
● Seleccionar los estudiantes para ingresar al programa, en base a sus antecedentes.
● Velar y supervisar el cumplimiento del programa.
● Informar anualmente sobre el desarrollo del programa al Consejo de Escuela de Pregrado y a los Departamentos o Instituto.
● Proponer modificaciones al instructivo.

4. POSTULACIÓN Y SELECCIÓN DE COLABORADOR ESTUDIANTE:

4.1. La Dirección de Pregrado llamará a postular al Programa a través de la plataforma U-Cursos, sección novedades y se informará por medio de la página web, Redes Sociales de la Facultad, Centro de Estudiantes, Dirección de Asuntos Estudiantiles y Directores de Departamento / Instituto.

4.2. Para postular al programa, los alumnos deberán:
● Postular a través del formulario destinado para tales fines en la plataforma U-Campus.
● Tener matrícula vigente.
● Cumplir con el artículo 2 del “Instructivo programa colaborador estudiante”.
● Tener el respaldo académico del Tutor, que deberá pertenecer a la UTE / asignatura en que se desempeñará el estudiante y que deberá contar con los requisitos especificados en el punto 2.3 del presente Reglamento.

4.3. Es responsabilidad del estudiante informarse y entregar los documentos dentro de los plazos establecidos.

4.4. La selección estará bajo la responsabilidad de la comisión dependiente de la Escuela de Pregrado quien deberá:
● Revisar los antecedentes académicos y curriculares del estudiante.
● Revisar que la postulación realizada por el estudiante cumpla con los criterios de selección.
● Llevar un registro de los estudiantes (nivel / UTE) y académicos (dependencia / horas) que pertenecen al programa.
 
4.5. Los resultados se comunicarán mediante correo electrónico al Tutor responsable, con copia al estudiante, en un plazo no superior a los 10 días hábiles, una vez terminado el proceso de postulación.

5. RESPONSABILIDADES DEL COLABORADOR ESTUDIANTE:

5.1. Deberá colaborar en las labores de docencia, extensión e investigación que le hayan sido asignadas por su tutor.

5.2. Cumplir con el horario comprometido, que podrá ser entre 4 y 6 horas semanales, establecido de mutuo acuerdo con el Tutor a comienzos de año. Este debe ser compatible con sus responsabilidades de estudiante y, en ningún caso, debe constituir atenuante para el incumplimiento de sus obligaciones curriculares.

5.3. Al finalizar el período académico, preparará un informe sobre las actividades que cumplió y una apreciación sobre el desarrollo de su Programa. Este informe debe estar validado por su tutor y es requisito para optar a la certificación del Programa.

5.4. Mantener un buen rendimiento en sus estudios.

6. RESPONSABILIDADES DE TUTORES DE LOS COLABORADORES ESTUDIANTES: El Tutor será responsable de:
● Programar las actividades de los colaboradores tanto en docencia, investigación y/o extensión, y su forma de cumplimiento.
● Incorporar a la plataforma U-cursos seleccionando el cargo de ayudante.
● Velar por el cumplimiento del programa asignado.
● Informar, una vez finalizado el semestre o año de la UTE / Asignatura, a la Dirección del Programa, sobre las actividades desarrolladas por el estudiante colaborador, de acuerdo a la pauta entregada.

7. RENOVACIÓN O RENUNCIA AL PROGRAMA

7.1. Renovación: aquellos tutores que deseen continuar con el trabajo realizado por el colaborador, para el semestre y/o año siguiente, deben informar a la Escuela de Pregrado, de esta decisión completando el formulario de U-Campus. Igualmente, el Tutor deberá enviar a la Dirección de Pregrado, al finalizar cada año, el informe de las actividades realizadas por el estudiante.

7.2. Renuncia: Aquellos estudiantes que deseen renunciar al programa deberán informar por escrito al profesor responsable de la tutoría Programa Colaborador Estudiante y a la Escuela de Pregrado de su decisión. Sin perjuicio de lo anterior, el estudiante podrá volver a postular en el periodo asignado, elevando una solicitud en tal sentido a la Escuela de Pregrado.
En el caso de los tutores, deberán informar a la Dirección del Programa de su renuncia e indicar el nombre del profesor responsable que continuará en reemplazo, en el caso que el estudiante permanezca activo en el Programa.

8. EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DE LOS COLABORADORES ESTUDIANTES:
8.1. La evaluación se realizará mediante rúbrica la cual estará disponible para el tutor a través de la plataforma u cursos que deberá ser aplicada 2 o 3 oportunidades. Dependerá de la UTE si es semestral o anual. Las categorías serán: sobresaliente, esperado, deficiente:

Indicador

Sobresaliente

Esperado

Deficiente

Asistencia         a        las actividades establecidas      en     el programa colaborador estudiante.

Cumple            con           sus compromisos establecidos, avisando oportunamente en caso de no poder realizarlos, en todas las ocasiones.

Cumple con sus compromisos establecidos, y en caso de no poder realizarlo avisa oportunamente.               (debe cumplir con el 75% o más de sus compromisos).

No          cumple          sus compromisos establecidos y no avisa de ello oportunamente en dos o más ocasiones. (cumple menos del 75% de sus compromisos).

 

Comunicación          con tutores.

Siempre se mantiene atento y en contacto por medios oficiales con su tutor.

Se mantiene atento y en contacto por medios oficiales con su tutor la mayor parte de las veces.

No se mantiene atento y en contacto por medios oficiales con su tutor.

Realizar                tareas asignadas en el programa colaborador estudiante.

Cumple con lo establecido en            el            programa comprometido, ofreciendo soluciones o alternativas en caso de no ser posible. Además, su tutor indica especial interés de su parte, los que quedan descritos en el acta de finalización de ayudantía.

Cumple con lo establecido en el programa comprometido, ofreciendo soluciones o alternativas en caso de no ser posible.

No     cumple     con      lo establecido        en        el programa comprometido,            sin ofrecer                   alguna alternativa o solución.

Establece una relación con tutores, pares, estudiantes y personal de colaboración que permita llevar a cabo el rol de colaborador estudiante.

Mantiene siempre una relación cordial con tutores, pares, estudiantes y              personal             de colaboración, siendo capaz de trabajar con ellos pese a las diferencias de opinión.

Mantiene la mayoría de las veces una relación cordial con tutores, pares, estudiantes y personal de colaboración del programa, siendo capaz de trabajar con ellos pese a las diferencias de opinión.

Tiene conductas que provocan alertas de parte de su tutor, los cuales el colaborador estudiante ignora.


8.2. Será considerada esta evaluación para futuras postulaciones o renovación, en particular para los Colaboradores Estudiantes que hayan sido evaluados como deficientes en un indicador.

8.3. El estudiante puede perder su condición de Colaborador por solicitud del Director(a) de Departamento / Instituto respectivo, a solicitud de su tutor/a fundamentado en:
● Rendimiento insuficiente en otras áreas disciplinares.
● No cumple en reiteradas oportunidades con sus compromisos asignados.
● Faltas al reglamento de disciplina de los estudiantes.
 
● Malas relaciones interpersonales con el equipo de trabajo.

9. RECONOCIMIENTO DE ACTIVIDADES DE TUTORES Y ESTUDIANTES:

9.1. A los estudiantes se les reconocerá mediante un certificado otorgado por la Dirección de Escuela de Pregrado las actividades (horas) efectivamente realizadas en concordancia con el compromiso adquirido y de acuerdo al informe del tutor.

9.2. A los tutores, se les acreditará las tutorías anuales realizadas por la Dirección de Escuela de Pregrado.

9.3. Para ambos casos es indispensable contar con la presentación de los informes de evaluación dentro de los plazos establecidos anualmente, en caso de no entregar estos informes, no se realizará la certificación.

10. OTROS ASPECTOS QUE CONSIDERAR:

10.1. Aquel estudiante que quisiera realizar su programa bajo la supervisión directa de un académico, que no cuenta con la jerarquía de profesor, puede ser presentado por un profesor avalado por la Dirección del Departamento / Instituto al que adscribe, indicando en su postulación bajo la supervisión de quién trabajará.

10.2. En el caso de estudiantes que participen en actividades en Laboratorios, no adscritas a una UTE
/ asignatura, deberán manifestarlo en su postulación. Es preciso aclarar en este ítem, que para aquellos certificados que se soliciten para postular a concursos ministeriales, todas las ayudantías deben estar adscritas a una UTE / asignatura de algún Departamento / Instituto, dependiente de la Facultad de Odontología.

10.3. Todas las postulaciones y consultas sobre el programa se deben realizar al correo: ayudante@odontologia.uchile.cl

11. ARTÍCULO TRANSITORIO Debido al contexto de pandemia por COVID 19 las actividades de la Facultad de Odontología se vieron modificadas en su modalidad de trabajo desde el año 2020. Por la incertidumbre y los cambios que se fueron realizando no se efectuó el llamado para el “Programa colaborador estudiante''. Durante ese período se fueron adaptando las tareas para los estudiantes que solicitaron participar del programa. Es por ello, que surge el artículo transitorio para el reconocimiento de las tareas realizadas por los estudiantes del programa y se encontrará vigente hasta diciembre del 2022.

11.1. Se informará a los docentes que trabajaron con colaborador estudiantes que realice el informe de evaluación del programa, indicando en el formulario final, las actividades realizadas por los estudiantes y debe ser enviado al correo: ayudante@odontologia.uchile.cl

11.2. La certificación se realizará para los estudiantes que participaron como colaborador estudiante durante los años 2020, 2021 y 2022, aun cuando no haya realizado la inscripción al programa y se les certificará en relación a las actividades informadas en el formulario final.

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