Convenio acerca a IPS Saludable y Odontología U. Chile

Convenio acerca a IPS Saludable y Odontología U. Chile
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Convenio acerca a IPS Saludable y Odontología U. Chile
Convenio acerca a IPS Saludable y Odontología U. Chile
Convenio acerca a IPS Saludable y Odontología U. Chile

Un Convenio de Atención Preferencial firmado entre la Facultad de Odontología de la Universidad de Chile y el Instituto de Previsión Social (IPS) acercará la atención odontológica a la comunidad de socios de este último organismo, quien se declaró consciente de contar con la colaboración de la Facultad para el cumplimiento de sus fines propios.

IPS SALUDABLE depende del Subdepartamento de Calidad de Vida del Departamento de Personas del Instituto de Previsión Social, y para efectos de la firma del Convenio, estuvo representado por Erwin Valdebenito Fuentealba.

Los beneficiarios serán atendidos en la Clínica Odontológica de la Universidad de Chile, y "podrán optar a recibir la atención por estudiantes de los últimos años de la carrera de odontología o por un profesional cirujano dentista. La atención por estudiantes estará sujeta a las normas, tiempos y arancel de trabajo de las respectivas actividades clínicas de los alumnos".

Las prestaciones odontológicas serán del tipo ambulatorio "incluyendo, entre otras, consulta odontológica de diagnóstico y de especialista, exámenes de imagenología asociados, procedimientos diagnósticos y terapéuticos respectivos, y todas las atenciones correspondientes a tratamientos odontológicos" estipuladas en el Convenio.

Además, se incluyen "los medicamentos e insumos necesarios, comúnmente utilizados", salvo los contemplados en los tratamientos de ortodoncia, en cirugía e implantología.

El Convenio considera no sólo a los funcionarios, sino también a cónyuges, hijos, padres y/u otras cargas, previamente declaradas y certificadas por I.P.S. SALUDABLE.

El Convenio destaca que "cuando corresponda, la orden de atención del profesional responsable será el único instrumento válido para la derivación del beneficiario a alguna especialidad odontológica y/o para la realización de los exámenes requeridos". Además, "para garantizar la oportuna atención de los beneficiarios, I.P.S. SALUDABLE se compromete a informar a sus afiliados de los días y horarios de atención".

Respecto de los medicamentos, insumos y demás elementos no incluidos en el valor de la prestación, "el beneficiario pagará a la Clínica su valor de reposición. Para estos efectos, se entiende que valor de reposición corresponde al valor comercial del medicamento e insumo más un 20% de recargo.

Cabe subrayar que "los pacientes, atendidos en virtud del presente Convenio, no podrán formar parte de protocolos de investigación clínicos. Su eventual inclusión deberá ser autorizada previamente y en forma exclusiva por el propio beneficiario o su tutor, a través del Consentimiento Informado".

 

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