Reconocimiento de título de Cirujano Dentista de acuerdo al Convenio de Convención de México
Las personas que se acogen a la Convención de México sobre Ejercicio de Profesiones Liberales de 1902, de la cual forman parte Bolivia, Costa Rica, Chile, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Perú y República Dominicana y deseen reconocer su Título de Cirujano Dentista, deben someterse a un Examen General según lo establece dicho Instrumento Internacional en su Artículo III.
El Gobierno de Chile ha entregado la misión de aplicar dicho examen a la Universidad de Chile, la que en su actual Estatuto, el D.F.L. Nº 153 de 1981, de Educación menciona "su atribución privativa y excluyente de reconocer, revalidar y convalidar títulos profesionales obtenidos en el extranjero, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales."
La Facultad de Odontología, por la gran responsabilidad que representa medir la calidad de la formación de los postulantes, estima que el proceso para reconocimiento de Título de acuerdo a las disposiciones de la Convención de México, debe tener las mismas exigencias académicas con los revalidantes que no están acogidos a ningún Convenio y con los cirujanos dentista que egresan de nuestra Universidad.
Documentación
El proceso se inicia en el Ministerio de Relaciones Exteriores, organismo del cual dependen los reconocimientos de Títulos de acuerdo a la Convención de México (Bandera 46, 1er. Piso, Oficina 1, Santiago de Chile, teléfono (562) 6794136.
El interesado debe presentar en forma personal los siguientes documentos:
- Diploma original y fotocopia del título profesional debidamente legalizado por las autoridades del país del cual proviene.
- Concentración de notas o certificación oficial de notas o calificaciones obtenidas en cada asignatura o actividad curricular, indicándose la escala de calificaciones con precisión de la nota máxima o mínima de aprobación.
- Acreditación del reconocimiento oficial por su gobierno, de la institución emisora.
- Certificado que acredite Habilitación Profesional para ejercer en el país de origen, y que no se encuentra legalmente impedido para ejercer su profesión, vigente a la fecha de presentación de los documentos.
- Acreditar poseer la nacionalidad del país en el cual se obtuvo el título, o la chilena en su defecto.
Los documentos antes señalados deben estar debidamente legalizados por las autoridades del país que provienen dichos documentos y además legalizados por el Cónsul Chileno en esa Nación.
Trámite de los antecedentes:
- El proceso se inicia en el Ministerio de Relaciones Exteriores, donde se presenta la documentación ya señalada.
- La Prorrectoría de la Universidad de Chile envía los antecedentes al Decano de la Facultad de Odontología, quien a su vez los hace llegar al Presidente de la Comisión de Revalidación de Título para su estudio.
- El interesado debe presentarse en la Secretaría de Estudios de la Facultad, donde se le entregará un temario y bibliografía para preparar el examen mencionado.
- No se otorgarán certificados que acrediten que el postulante está en proceso de revalidación, por disposiciones de la Prorrectoría de la Universidad de Chile.
- El candidato debe pagar un arancel de 3 UTM en la Dirección Económica y Administrativa de la Facultad, para iniciar el proceso. Posteriormente, al estar aceptado por la Comisión de Revalidación de la Facultad para rendir los exámenes, deberá cancelar 15 UTM y se le entregará un temario y bibliografía para preparar dicho examen.
- Si el postulante queda eliminado o renuncia a cualquier instancia del proceso, no se le devolverá el arancel cancelado y no podrá postular a un nuevo proceso hasta transcurrido un año.
- Si dentro de 60 días a partir de la fecha de recepción de los antecedentes no ha efectuado el pago anteriormente señalado, o bien, si dentro del plazo de 6 meses no ha rendido ningún examen, sin justificación alguna, se devolverán sus antecedentes a la Prorrectoría.
- No se otorgarán certificados que acrediten que el postulante está en proceso de revalidación, por disposiciones de la Prorrectoría de la Universidad de Chile.
- Una vez aprobadas todas las fases del proceso de examen (tanto teórico como clínico), la Facultad informa a la Prorrectoría, el cumplimiento de los requisitos fijados.
- El Prorrector toma conocimiento, lo aprueba y envía el expediente al Ministerio de Relaciones Exteriores, quien otorga el Reconocimiento de Título.